En mi carácter de apoderado de Arturo Larrabure, les informo que en cumplimiento del dictamen Fiscal General Palacín considerando, en principio, de lesa humanidad el crimen del Cnel Argentino del Valle Larrabure, quien fuera secuestrado por el ERP en el año l974, la Fiscal Liliana Bettiolo formuló requerimiento de instrucción solicitando al Cuerpo Médico Forense la realización de un informe pericial, en base al análisis de las pericias incorporadas a la causa, tendientes a determinar la causa y la mecánica de su muerte, y ordenando los testimonios de Antonio Cafiero, Carlos Ruckauf, Miguel Bonasso, José Pablo Feinmann, Jorge Masetti (h), y Martín Caparrós solicitados por la parte querellante, y de René Vicari, que estuvo secuestrado en el mismo inmueble que el Cnel Larrabure.
Las pericias sobre cuya base se elaborará el informe pericial, fueron realizadas en el año l975 por los Dres Avelino Do Pico, José Guillermo Osman Dick, y Horacio José Marinoni, coincidiendo en que el militar había sido estrangulado basándose en las características del surco obrante en su cuello.[1]
La fiscal, citando algunas versiones periodísticas que plantearon la hipótesis de un suicido, ha requerido este nuevo informe pericial en el que participarán los miembros del Cuerpo Médico Forense, Dres Roberto Víctor Cohen y Oscar Agustín Lossetti, el Profesor Titular de la Catédra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de Buenos Aires, Dr. Luis Kvitko, y el perito de parte, Dr. Enio Linares.
La querella, preocupada por las reiteradas declaraciones del Pte de la Asociación de Magistrados y Funcionarios, Dr. Ricardo Recondo, denunciando que el poder político presiona al Poder Judicial, pidió que la designación de los peritos se realizara por sorteo aplicando análogamente la Acordada 2/10 de la Corte Suprema de Justicia, donde el Tribunal exteriorizó las irregularidades observadas en la designación de peritos, dispuso la realización de una auditoría, y suspendió la designación de peritos por pedido de los magistrados, considerando que el sorteo por la vía informática era el único mecanismo que aseguraba absoluta transparencia.
El juez Bailaque, rechazó el planteo de la querella valorando que el Cuerpo Médico Forense había designado los dos peritos de mayor antigüedad y experiencia dentro del Departamento de Tanatología de ese Cuerpo, los que a su vez se desempeñan como Jefes de sus respectivos equipos de trabajo, no advirtiendo ningún tipo de irregularidad en el mecanismo de selección y estimado que el control de la pericia a realizarse sobre el cadáver de Argentino del Valle Larrabure está suficientemente garantizada para el incidentista con la participación del perito de parte propuesto por la parte querellante y, sumado a la intervención del titular de la cátedra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, que la misma también requirió. Santa Fe, 18.6.2010
Dr.Javier Vigo Leguizamón
Cel: 0342-156313633
[1] Se adjunta en archivo: a) Providencias 21.4.2010 y 4.5.2010, Fiscal Bettiolo; b) Resolución 9.6.2010, Juez Bailaque.
( Enviado por Arturo Larrabure victiterroar2@gmail.com )
*Aspectos positivos de un País dotado de enormes recursos humanos y materiales para conocer y disfrutar, ¡Argentina te espera!
¿Dónde estamos?
Argentina está situada en el Cono Sur de Sudamérica, limita al norte con Bolivia, Paraguay y Brasil; al este con Brasil, Uruguay y el océano Atlántico; al sur con Chile y el océano Atlántico, y al oeste con Chile. El país ocupa la mayor parte de la porción meridional del continente sudamericano y tiene una forma aproximadamente triangular, con la base en el norte y el vértice en cabo Vírgenes, el punto suroriental más extremo del continente sudamericano. De norte a sur, Argentina tiene una longitud aproximada de 3.300 km, con una anchura máxima de unos 1.385 kilómetros.
Argentina engloba parte del territorio de Tierra del Fuego, que comprende la mitad oriental de la Isla Grande y una serie de islas adyacentes situadas al este, entre ellas la isla de los Estados. El país tiene una superficie de 2.780.400 km² contando las islas Malvinas, otras islas dispersas por el Atlántico sur y una parte de la Antártida. La costa argentina tiene 4.989 km de longitud. La capital y mayor ciudad es Buenos Aires
Argentina engloba parte del territorio de Tierra del Fuego, que comprende la mitad oriental de la Isla Grande y una serie de islas adyacentes situadas al este, entre ellas la isla de los Estados. El país tiene una superficie de 2.780.400 km² contando las islas Malvinas, otras islas dispersas por el Atlántico sur y una parte de la Antártida. La costa argentina tiene 4.989 km de longitud. La capital y mayor ciudad es Buenos Aires
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SENTENCIA CATEGÓRICA - Para analizar y reflexionar
Recientemente la Cámara Civil y Comercial Federal, Causa 2052/99, confirmó un fallo por el que con motivo de un tiroteo entre la Policía Federal y dos delincuentes sorprendidos "in fraganti" cuando asaltaban un garaje, se produjo la muerte de un delincuente.
La sentencia establece que el Estado además de las costas, debe resarcir el daño moral a la viuda y a los 3 hijos del delincuente abatido, por un total de $ 125.000 más intereses, ya que "delincuente o no" la víctima era esposo y padre, y que su familia ha debido experimentar un dolor moral por su pérdida, dolor que debe resarcirse.
Sala Civil y Comercial Federal I
Presidente Dr. De Las Carreras, Francisco
Juez Dr. Farrell, Martin Diego
Juez Dra. Najurieta, Maria Susana
Secretario Dra. Lagomarsino María Alejandra
Secretario Dr. Carrió Diego Marcelo
Prosecretario Dr. Baistrocchi Silvio Jose
Prosecretario Dra. Pico, Magdalena
Sala Civil y Comercial Federal II
Presidente Dr. Guarinoni, Ricardo Victor
Juez Dr. Vocos Conesa, Eduardo Javier
Juez Dr. Gusman, Alfredo Silveiro
Secretario Dr. Ratto, Eduardo Nestor
Secretario Dr. Lupacchini Damián Augusto
Prosecretario Dr. Gavalda, Juan Martin
Prosecretario Dr. España Hernán
Prosecretario Dra. Gerard, Renee Monica
Sala Civil y Comercial Federal III
Presidente Dr. Antelo, Guillermo Alberto
Juez Dr. Recondo, Ricardo Gustavo
Juez Dra. Medina, Graciela
Secretario Dr. Petre Carlos Alberto
Secretario Dr. Lopez Pereyra, Francisco
Secretario Dra. Barbado Patricia Bibiana
Prosecretario Dra. Sciarretta María Andrea
Prosecretario Dr. De Arrascaeta, Arturo
La sentencia establece que el Estado además de las costas, debe resarcir el daño moral a la viuda y a los 3 hijos del delincuente abatido, por un total de $ 125.000 más intereses, ya que "delincuente o no" la víctima era esposo y padre, y que su familia ha debido experimentar un dolor moral por su pérdida, dolor que debe resarcirse.
Sala Civil y Comercial Federal I
Presidente Dr. De Las Carreras, Francisco
Juez Dr. Farrell, Martin Diego
Juez Dra. Najurieta, Maria Susana
Secretario Dra. Lagomarsino María Alejandra
Secretario Dr. Carrió Diego Marcelo
Prosecretario Dr. Baistrocchi Silvio Jose
Prosecretario Dra. Pico, Magdalena
Sala Civil y Comercial Federal II
Presidente Dr. Guarinoni, Ricardo Victor
Juez Dr. Vocos Conesa, Eduardo Javier
Juez Dr. Gusman, Alfredo Silveiro
Secretario Dr. Ratto, Eduardo Nestor
Secretario Dr. Lupacchini Damián Augusto
Prosecretario Dr. Gavalda, Juan Martin
Prosecretario Dr. España Hernán
Prosecretario Dra. Gerard, Renee Monica
Sala Civil y Comercial Federal III
Presidente Dr. Antelo, Guillermo Alberto
Juez Dr. Recondo, Ricardo Gustavo
Juez Dra. Medina, Graciela
Secretario Dr. Petre Carlos Alberto
Secretario Dr. Lopez Pereyra, Francisco
Secretario Dra. Barbado Patricia Bibiana
Prosecretario Dra. Sciarretta María Andrea
Prosecretario Dr. De Arrascaeta, Arturo
Buscan a los familiares de esta niña aparecida en Tamaulipas, México.
Esta niña fue encontrada frente a un domicilio de la Sección 16 en Matamoros, Tamaulipas, México.
Tiene entre 8 y 10 meses de edad, fue encontrada en un portabebé color beige junto con jugos para bebé. La situación es que es muy extraña, ya que no cuenta con el perfil de una niña maltratada o abandonada sino todo lo contrario.
No ha surgido nadie aún que señale conocerla, y se cree ha sido robada.
En caso de poder aportar alguna información, contacte con las autoridades judiciales de su ciudad.
Muchas gracias.
Un momento de humor: sobre abogados (caso real)
Abogado : Doctor, antes de hacer la autopsia, ¿usted chequeó el pulso de la víctima?
Testigo: No.
Abogado : ¿Usted chequeó la presión arterial?
Testigo: No.
Abogado : ¿Usted chequeó la respiración?
Testigo: No.
Abogado : Entonces, ¿es posible que la víctima estuviera viva cuando la autopsia comenzó?
Testigo: No.
Abogado : ¿Cómo usted puede tener tanta seguridad?
Testigo: Porque el cerebro del paciente estaba en una jarra sobre la mesa.
Abogado : Pero, ¿él podría estar vivo?
Testigo: Sí, es posible que él estuviera vivo y estudiando Derecho en la misma facultad que usted se graduó...
(enviado por Graciela Glas)
Testigo: No.
Abogado : ¿Usted chequeó la presión arterial?
Testigo: No.
Abogado : ¿Usted chequeó la respiración?
Testigo: No.
Abogado : Entonces, ¿es posible que la víctima estuviera viva cuando la autopsia comenzó?
Testigo: No.
Abogado : ¿Cómo usted puede tener tanta seguridad?
Testigo: Porque el cerebro del paciente estaba en una jarra sobre la mesa.
Abogado : Pero, ¿él podría estar vivo?
Testigo: Sí, es posible que él estuviera vivo y estudiando Derecho en la misma facultad que usted se graduó...
(enviado por Graciela Glas)
La Corte de la Haya: entre "ni" y "so".
ASAMBLEÍSTAS: 'SE PUEDE ACATAR EL FALLO PARA LOGRAR QUE BOTNIA SE VAYA’
En un fallo dividido, en el que concedió a cada parte algo y también le negó otro tanto, la Corte Internacional de Justicia de La Haya consideró que Uruguay violó el Estatuto del Río Uruguay al permitir la instalación de la planta de Botnia de manera inconsulta, pero evaluó que aún no se pudo establecer que la pastera haya contaminado el río, por lo que no hay razones para que no siga funcionando. Conocida la sentencia, los gobiernos de Argentina y de Uruguay se consideraron satisfechos y apuntaron a una pronta normalización de la relación bilateral. Los vecinos de Gualeguaychú, que siguieron la lectura del fallo desde la ruta a través de una pantalla gigante, gritaron su disconformidad –algunos con lágrimas en los ojos– y prometieron continuar con su protesta, por la que mantienen cortado el puente internacional desde hace más de tres años.
Por Fernando Cibeira
Fuente: Página 12
Más información: http://www.pagina12.com.ar/
Enviado por Gacemail - TEA Imagen
La Justicia correntina anuló Decreto Provincial sobre bosques nativos
Mercedes, Corrientes, 22 de Diciembre de 2009:
Mediante un fallo del Juez Gustavo René Bufill la Justicia Civil de la ciudad de Mercedes (Corrientes) declaró la nulidad absoluta del Decreto 1439/09, que pretendía ordenar los bosques nativos de la provincia de Corrientes, declarando su ilegalidad e inconstitucionalidad. “El Juez actuó con absoluta independencia y un profundo apego a la legalidad” declaró la patrocinante de la demanda Dra. María Belén Blanco.
“Es que el gobernador Arturo Colombi había firmado un Decreto inconstitucional, para poder terminar su gestión con la aprobación de ciertos proyectos agrícolas que requerían de permiso de desmontes”, explicaron desde la Fundación Iberá. “Sin embargo, es la propia constitución de Corrientes la que señala que la regulación de las leyes de presupuestos mínimos sólo pueden ser realizadas por Ley, y no por la vía del Decreto”.
La fundación había advertido de ésta y otras irregularidades en el precipitado proceso de ordenamiento de los bosques nativos de Corrientes, montado en ausencia de un verdadero ejercicio participativo, con mapas completamente injustificables, donde áreas valiosas del bosque del Espinal quedaban sin protección alguna, sospechadamente al servicio de intereses de empresas con expresas intenciones de desmontes.
Horacio Cardozo (Fundación Iberá).
(03773) 15440118
cardozogh@hotmail.com
cardozogh@gmail.com
Ecos de injusticia - Por Luis Alberto Spinetta
Los alumnos del colegio Ecos, los padres de los chicos que fallecieron y otras personas interesadas en encontrar la libertad nos reunimos frente a Tribunales para insistir con el pedido de justicia limpia y clara. Hace una semana varios medios se hicieron eco de la actitud irreverente de una jueza que absolvió al chofer que conducía el micro donde murieron nueve pibes y una docente que volvían de una escuelita del Chaco, donde habían viajado para cumplir una tarea social. Con su fallo, la jueza dejó libre a un personaje que no tenía las aptitudes necesarias para manejar un micro y que, de alguna manera, tuvo una responsabilidad compartida sobre lo que ocurrió: la muerte de muchos inocentes que no merecían un final así.
En el transcurso del juicio quedó claro que este personaje, como mínimo, no debería manejar nunca más. Pero esto no sucede. No sólo mantuvo su licencia al día sino que, hoy por hoy, puede conducir un remise, replicando la posibilidad de poner en riesgo la vida de otras personas. Este tipo de cosas provocan la desazón y la bronca de la impotencia. Después de tanto sufrimiento, parece increíble que aún estemos aquí. Pidiendo justicia.
En este caso, la justicia podría haberse expresado de distintos modos. Algunos padres dejaron en claro que su intención era que, por lo menos, este personaje no volviera a manejar. El reclamo es sensato: este tipo actuó para salvar su propia vida y no la del conjunto. Un profesional que está a cargo de una tripulación debe defender la vida de todos, en todo momento. Como lo haría un capitán de avión o el capitán de un barco, que privilegian la vida de sus pasajeros incluso por encima de la suya. Esa era su obligación, su deber, su responsabilidad. Y no la cumplió.
La Justicia dijo que no encontró pruebas de que el tipo haya violado su deber de cuidar a esos chicos. Fue como admitir que no encontró pruebas de lo evidente. Pero eso no fue todo. Con la absolución se dejó sin efecto todos los juicios que están conectados en la cadena de responsabilidades. No es un problema menor: entre los beneficiados por la impunidad están las aseguradoras y la empresa. Por eso, ante esta situación evasiva de la Justicia, nosotros decimos lo que corresponde: que este personaje no puede andar por la vida como quiere.
Publicado por Frente Transversal Nacional y Popular (frentetnyp@gmail.com)
En el transcurso del juicio quedó claro que este personaje, como mínimo, no debería manejar nunca más. Pero esto no sucede. No sólo mantuvo su licencia al día sino que, hoy por hoy, puede conducir un remise, replicando la posibilidad de poner en riesgo la vida de otras personas. Este tipo de cosas provocan la desazón y la bronca de la impotencia. Después de tanto sufrimiento, parece increíble que aún estemos aquí. Pidiendo justicia.
En este caso, la justicia podría haberse expresado de distintos modos. Algunos padres dejaron en claro que su intención era que, por lo menos, este personaje no volviera a manejar. El reclamo es sensato: este tipo actuó para salvar su propia vida y no la del conjunto. Un profesional que está a cargo de una tripulación debe defender la vida de todos, en todo momento. Como lo haría un capitán de avión o el capitán de un barco, que privilegian la vida de sus pasajeros incluso por encima de la suya. Esa era su obligación, su deber, su responsabilidad. Y no la cumplió.
La Justicia dijo que no encontró pruebas de que el tipo haya violado su deber de cuidar a esos chicos. Fue como admitir que no encontró pruebas de lo evidente. Pero eso no fue todo. Con la absolución se dejó sin efecto todos los juicios que están conectados en la cadena de responsabilidades. No es un problema menor: entre los beneficiados por la impunidad están las aseguradoras y la empresa. Por eso, ante esta situación evasiva de la Justicia, nosotros decimos lo que corresponde: que este personaje no puede andar por la vida como quiere.
Publicado por Frente Transversal Nacional y Popular (frentetnyp@gmail.com)
Salió el fallo de Caperucita y el Lobo
Versión de la Justicia Argentina en relación a Caperucita y el Lobo
con las ' mejoras' del proyecto de reforma del Código Penal.
Visto y considerando:
1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo...
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo
calme su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos más arriba.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay
evidencias que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien le da pistas al Lobo y le señala el camino
de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa
de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita
demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría un
abandono de persona por parte de la joven Caperucita.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere
desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta.
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla,
se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra solución.
11) Que es altamente posible que antes Caperucita hiciera el amor con
el Lobo y lo disfrutara.
12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:
«¿Adónde vas?» responde: «A bañarme desnuda en el río..», según
testimonio de la ardilla que dice que le confesó el sapo antes de
fallecer, cobra cada día más fuerza-
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que
provoca los más bajos instintos, brutales y depredadores, en la pobre
fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia
naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la
conducta de la susodicha Caperucita
15) Que párrafo aparte para la madre de Caperucita, quien exhibe
culpabilidad por no acompañar a su hija.
Por todo lo antes dicho, se revoca el fallo de Cámara, absolviéndose
al Señor Lobo y se dispone además:
a) Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela
presentarse en hospital a designar, para su observación gerontológica,
b) A la madre condenarla al pago de las costas y honorarios
correspondientes derivados del presente juicio
c) A la familia de Caperucita a pagar la suma de $ 100.000 en concepto
de indemnización al señor Lobo
Aclárase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el
buen nombre y honor del Señor Lobo-
Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.
con las ' mejoras' del proyecto de reforma del Código Penal.
Visto y considerando:
1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo...
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo
calme su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos más arriba.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay
evidencias que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien le da pistas al Lobo y le señala el camino
de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa
de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita
demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría un
abandono de persona por parte de la joven Caperucita.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere
desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta.
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla,
se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra solución.
11) Que es altamente posible que antes Caperucita hiciera el amor con
el Lobo y lo disfrutara.
12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:
«¿Adónde vas?» responde: «A bañarme desnuda en el río..», según
testimonio de la ardilla que dice que le confesó el sapo antes de
fallecer, cobra cada día más fuerza-
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que
provoca los más bajos instintos, brutales y depredadores, en la pobre
fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia
naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la
conducta de la susodicha Caperucita
15) Que párrafo aparte para la madre de Caperucita, quien exhibe
culpabilidad por no acompañar a su hija.
Por todo lo antes dicho, se revoca el fallo de Cámara, absolviéndose
al Señor Lobo y se dispone además:
a) Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela
presentarse en hospital a designar, para su observación gerontológica,
b) A la madre condenarla al pago de las costas y honorarios
correspondientes derivados del presente juicio
c) A la familia de Caperucita a pagar la suma de $ 100.000 en concepto
de indemnización al señor Lobo
Aclárase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el
buen nombre y honor del Señor Lobo-
Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.
Reclamo de justicia por el Cnel. Larrabure

http://www.infobae.com/contenidos/405912-100799-0-Nuevo-reclamo-justicia-crímenes-la-guerrilla
Viernes 26 de Septiembre de 2008
Nuevo reclamo de justicia por crímenes de la guerrilla
Cavallo podría ser juzgado
Pedido de calificación "de lesa humanidad"
http://www.cadena3.com.ar/post_ampliado.asp?post=12714
En tal caso, sería imprescriptible
Piden que asesinato de un militar sea calificado de lesa humanidad
Ver Comunidad Sociedad
Se trata del crimen del coronel Argentino del Valle Larrabure, presuntamente asesinado por el Ejército Revolucionario del Pueblo en agosto de 1974.
El abogado de la familia afirmó que en ese homicidio "hubo responsabilidad evidente del Estado".
En tal caso, sería imprescriptible
Piden que asesinato de un militar sea calificado de lesa humanidad
Ver Comunidad Sociedad
Se trata del crimen del coronel Argentino del Valle Larrabure, presuntamente asesinado por el Ejército Revolucionario del Pueblo en agosto de 1974.
El abogado de la familia afirmó que en ese homicidio "hubo responsabilidad evidente del Estado".
Julio López: 23 meses
A 23 meses de la desaparición de Julio López
(AW)
Justicia Ya! La Plata, convocó para mañana martes 19 de agosto a las 12.00 en la Planta Baja de los Tribunales de 8 y 50, La Plata a una conferencia de prensa.
En la misma se informará sobre la presentación que el colectivo realizará ese día ante el juzgado Federal Nº 3, en la causa en la que se investigan los hechos ocurridos en los Centros Clandestinos de Detención Destacamento y Pozo de Arana, en la que se solicita la indagatoria de centenares de responsables por las 246 víctimas que estuvieron recluidas en esos Centros.
Julio es una de esas 246 personas.
(AW)
Justicia Ya! La Plata, convocó para mañana martes 19 de agosto a las 12.00 en la Planta Baja de los Tribunales de 8 y 50, La Plata a una conferencia de prensa.
En la misma se informará sobre la presentación que el colectivo realizará ese día ante el juzgado Federal Nº 3, en la causa en la que se investigan los hechos ocurridos en los Centros Clandestinos de Detención Destacamento y Pozo de Arana, en la que se solicita la indagatoria de centenares de responsables por las 246 víctimas que estuvieron recluidas en esos Centros.
Julio es una de esas 246 personas.
Misa por los policías asesinados en Arana
LA PLATA-BUENOS AIRES, Marzo 18 (Agencia NOVA) Este miércoles 19 de marzo de 2008 se cumplen 5 meses de la llamada "masacre de Arana", ocurrido en la planta transmisora que el Ministerio de Seguridad bonaerense posee en esa localidad del partido de La Plata, y donde fueran brutalmente asesinados 3 efectivos policiales que cumplían tareas de vigilancia en el lugar.
Por ello, los familiares y amigos de las víctimas -Alejandro Vatalaro, Ricardo Torres Barbosa y Pedro Díaz-, realizarán una misa por la memoria y la justicia a las 18 horas, en la parroquia Cristo Rey, ubicada en la calle 81 entre 8 y 9, de la localidad de Villa Elvira.
A través de un comunicado, los familiares manifestaron que "es muy importante su participación, porque la justicia y la seguridad es un derecho de todos". (Agencia NOVA)
Por ello, los familiares y amigos de las víctimas -Alejandro Vatalaro, Ricardo Torres Barbosa y Pedro Díaz-, realizarán una misa por la memoria y la justicia a las 18 horas, en la parroquia Cristo Rey, ubicada en la calle 81 entre 8 y 9, de la localidad de Villa Elvira.
A través de un comunicado, los familiares manifestaron que "es muy importante su participación, porque la justicia y la seguridad es un derecho de todos". (Agencia NOVA)
Otra marcha para reclamar justicia. Y van...
Un crimen que continúa impune
La Plata:
Marchan y piden justicia por joven peruana asesinada en Rentas
La Plata:
Marchan y piden justicia por joven peruana asesinada en Rentas
Sandra Camboa fue hallada muerta en un edificio gubernamental del centro platense, el año pasado, luego de haber sido llevada allí engañada por un hombre. El accionar de la Policía y la Justicia, bien gracias.
LA PLATA - BUENOSA AIRES, Febrero 18 (Agencia NOVA) Sandra Ayala Gamboa, de 21 años llegó al país desde Perú en octubre del 2006 buscando mejores condiciones de vida, poder estudiar y graduarse de médica pediatra. El viernes 16 de febrero, bajo engaño, fue llevada por un hombre al edificio donde funciona un área gubernamental (Rentas de la Provincia de Buenos Aires), en pleno centro de la ciudad de La Plata, en horas de la tarde.
Pese a las denuncias de su novio y familiares, la Comisaría Primera no actuó, sólo lo hizo una semana después cuando fue hallado su cuerpo con signos de violación, golpiza y ahorcamiento. Tampoco actuó el fiscal.
La investigación no avanza, hay pericias sin completar, indagatorias sin ampliar. No se investigó, por ejemplo cómo ingresó o ingresaron a una oficina pública la o las personas que asesinaron a Sandra, sin forzar la puerta de entrada, según informó el portal local Noticias Platenses.
El femicidio de Sandra se relaciona con otros casos de violación ocurridos en la ciudad donde el atacante tiene el mismo modus operandi: ataca a mujeres, generalmente sus edades oscilan entre los quince y los veintitrés años, con rasgos físicos similares, en lugares abandonados o en construcción, con un discurso de ofrecimiento de trabajo para" el cuidado de sus dos hijos pequeños porque su esposa está en el hospital". Siempre actuando a partir de un tercero que sirve de nexo con la chica; en el caso de Sandra fue a través de un hombre que vivía en la misma pensión que ella.
Desde la Casa de la Mujer Azucena Villaflor realizaron un llamado solidario para quebrar la impunidad de este sistema patriarcal que pretende silenciar la violencia contra las mujeres y dejar sin castigo a los culpables.
La movilización será el próximo viernes 22 de febrero, a las 17 horas, frente al edificio de Rentas, ubicado en avenida 7 entre 45 y 46. (Agencia NOVA)
Pese a las denuncias de su novio y familiares, la Comisaría Primera no actuó, sólo lo hizo una semana después cuando fue hallado su cuerpo con signos de violación, golpiza y ahorcamiento. Tampoco actuó el fiscal.
La investigación no avanza, hay pericias sin completar, indagatorias sin ampliar. No se investigó, por ejemplo cómo ingresó o ingresaron a una oficina pública la o las personas que asesinaron a Sandra, sin forzar la puerta de entrada, según informó el portal local Noticias Platenses.
El femicidio de Sandra se relaciona con otros casos de violación ocurridos en la ciudad donde el atacante tiene el mismo modus operandi: ataca a mujeres, generalmente sus edades oscilan entre los quince y los veintitrés años, con rasgos físicos similares, en lugares abandonados o en construcción, con un discurso de ofrecimiento de trabajo para" el cuidado de sus dos hijos pequeños porque su esposa está en el hospital". Siempre actuando a partir de un tercero que sirve de nexo con la chica; en el caso de Sandra fue a través de un hombre que vivía en la misma pensión que ella.
Desde la Casa de la Mujer Azucena Villaflor realizaron un llamado solidario para quebrar la impunidad de este sistema patriarcal que pretende silenciar la violencia contra las mujeres y dejar sin castigo a los culpables.
La movilización será el próximo viernes 22 de febrero, a las 17 horas, frente al edificio de Rentas, ubicado en avenida 7 entre 45 y 46. (Agencia NOVA)
¿El Sindrome de La Plata?
La justicia de La Plata liberó a un hombre acusado de violar y embarazar en dos oportunidades a una joven, quien lo perdonó y solicitó el pago de la cuota alimentaria para los niños, informaron fuentes judiciales.
Comentario editorial:
Perdonar a un violador, ¿lo exime de culpa y cargo? Quien lo perdona, ¿remplaza la ley y la Justicia? Pagar un dinero mensual, ¿es realmente una condena para un delito aberrante?
Si es así, ¿a cuánto está una violación hoy?
¿Existe un nuevo "sindrome de La Plata" en el que la víctima decide perdonar a su violador?
Por supuesto, esperamos su comentario, si lo juzga oportuno.
José Luis Cabezas sigue esperando justicia
Ya existe un "Aula Rivelli" en el Nacional
El Colegio Nacional realizó un nuevo acto por la memoria, la verdad y la justicia, en el que se impuso el nombre de Roberto Abel Rivelli y Horacio Omar Rivelli a un aula del centenario edificio.
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