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Casos como los recientes y sonados en que fueron "rechazadas en frontera" ancianas argentinas que venían a ver a sus hijos, nacionalizados españoles, no podrán volver a ocurrir, pues el Tribunal Supremo anula preceptos de un Real Decreto de Extranjería y equipara los derechos de los padres de los españoles sean nacidos en la UE o fuera de ella.
El Tribunal Supremo estimó el recurso presentado en 2007 por Andalucía Acoge y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía. Con esta decisión, los familiares extranjeros de ciudadanos españoles o comunitarios podrán acceder a la documentación desde España sin necesidad de estar en sus países de origen o los que han adquirido ciudadanía española pueden traerse a partir de ahora a sus padres con menos restricciones.
Además, reconoce la reagrupación de parejas de hecho inscritas en registros autonómicos y el derecho de los viudos de españoles a conservar su residencia.